No lo creo. El verdadero problema es que el derecho que consideramos superior a cualquier otro, el derecho de la vida del ser humano, se topa con una barrera conceptual muy difícil de saltar: no tenemos una definición aceptada de qué es estar vivo, ni mucho menos contamos con una definición de qué cosa es un ser humano. Y ésta es, realmente, la discusión.
Desde mi punto de vista, aferrarse a las tradiciones provenientes de épocas pre-científicas, según las cuales las palabras tienen un significado binario, “si o no”, “es o no es” es completamente inconducente. Estamos acostumbrados a creer que la palabra “pato” designa algo ontológicamente diferente de la alocución “no pato”. Pero el mundo es mucho más complejo que eso. Un pato es un pato cuando vuela sobre la laguna, pero ¿sigue siéndolo cuando un cazador lo mete en su bolsa? ¿luego de horneado? ¿y de digerido? ¿cuando exactamente, en qué preciso instante, dejó de ser un pato? El mundo no es tan sencillo. Es mucho más complejo que la descripción que nuestras palabras pueden hacer de él. Lo único que es apropiado decir es que algunas propiedades que consideramos características de un pato persisten sólo hasta el tiro de escopeta, mientras que otras (el material genético, tan caro a esta discusión) aún duran en el estómago del comensal.
Sin voluntad de escandalizar con la comparación, permítanme extender la observación al caso de la definición de un ser humano. Algunas características intrínsecamente humanas están presentes en cualquier célula, otras sólo en el espermatozoide y en el óvulo, algunas exclusivamente en el cigoto, y unas pocas son privativas de un feto desarrollado. ¿Cuál de esas características es la queremos proteger cuando hablamos del derecho a la vida? No digamos “todas” porque eso es simplemente imposible. ¿Cual?
Y aquí entran las opiniones. Es la mía (y no tan mia) que la característica definitoria de un ser humano es su consciencia. Por lo tanto, cuando hablamos de proteger la vida queremos decir proteger cualquier entidad consciente. En particular, es consciente un feto cuyo neocortex se halle desarrollado y no lo es ni un cigoto ni un espermatozoide. Por lo tanto la prohibición al aborto debería aparecer a partir del desarrollo del neocortex (creo que son aproximadamente unos tres meses).
Por consistencia, cualquier definición debería extenderse a cualquier entidad cuyo neocortex sea comparable al de un feto de tres meses. Por ejemplo los cetáceos y los grandes simios. Y también por consistencia, deberíamos olvidar alaridos escandalizados hablando de salvar la vida de un cigoto “desde el momento mismo de la concepción”.
Se critica todo límite diferente del de la concepción por artificial. Deberíamos darnos cuenta de que no existe otro tipo de límite que el artficial, en el sentido de aquel que es decidido por el hombre y no por la naturaleza, la cual no nos da límites tan claros. Porque cuando decidimos qué es humano y qué no lo es, estamos simplemente definiendo una palabra, que es el más artificial de los objetos.
Y aquí está el problema. Cuando empezamos a intentar fundamentar científicamente esa definición de humano caemos en un remolino infinito de discusiones y peros, en especial porque el argumento de la “potencialidad” de un feto es un argumento algo débil.